En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia Agraria de conformidad con lo solicitado y conforme lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y el numeral 1° del artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y en virtud de que lo aquí verificado es suficiente para asegurar el Derecho de Propiedad y Posesión del solicitante ciudadano Julio César García Guerrero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-10.154.431, domiciliado en la Aldea Bare Bare, fundo "El Refugio de Jeshua", Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, sobre las mejoras y bienhechurías ya indicadas sobre un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), constante de una superficie de tres hectáreas con dos mil seiscientos ochenta y nueve metros cuadrados (3 has. con 2689 m2), cuyos linderos son los siguientes; NORTE: Carretera de Bare Bare; SUR: Terreno ocupado por la familia Croos y Quebrada La Napacha; EST.....