PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Decimonovena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, contra la adolescente para el momento de los hechos(OMITIDO ARTICULO 545 LOPNNA), , identificado supra; por la presunta comisión del delito de AMENAZAS A LA VIDA, previsto en el artículo 175 último parte del Código Penal, en perjuicio de las adolescentes; (OMITIDOS ARTICULO 545 LOPNNA), de conformidad con lo establecido en el artículo 578 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; así como, la totalidad de los medios probatorios ofrecidos a los efectos de un eventual juicio oral y reservado. SEGUNDO: DECLARA RESPONSABLE PENALMENTE a la adolescente para el momento de los hechos (OMITIDO ARTICULO 545 LOPNNA), identificado supra; por la presunta comisión del delito de AMENAZAS A LA VIDA, previsto en el artículo 175 último parte del Código Penal, en perjuicio de las adolescentes (OMITIDOS ARTICULO.....