"...este Juzgado dicta Auto para Mejor Proveer, en consecuencia este Tribunal acuerda: Ratificar el contenido del mencionado oficio y dar un tiempo de espera de treinta (30) días continuos a partir del día 14-05-2007, para que llegue la referida información, vencido dicho lapso procederá el Tribunal a dictar sentencia dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes..."