... En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 189 del Código Civil Venezolano, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 762 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los ciudadanos JOSE ANGEL SALAZAR FLORES y PAOLA ANDREA SALAZAR DE SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No.V-19.331.371 Y No.V-20.218.643 en su orden, cónyuges entre si, domiciliado el primero en la ciudad de Caracas, Distrito Capital y la segunda en la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del estado Táchira.
Se acuerda Notificar mediante boleta, al Fiscal del Ministerio Público competente, estableciendo un lapso de 10 días de despacho siguientes a la constancia en autos de su prácti.....