este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL No.7 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIBARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE.
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION PRESENTADA POR EL MINISTERIOM PUBLICO en contra del imputado ANTONIO LEON, de nacionalidad venezolana, natural de Jordan, Estado Táchira, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.166.926, nacido en fecha 08/09/1965, de 41 años de edad, de profesión u oficio obrero, hijo de Maria Luisa Leon Pabon (v), residenciado en el Barrio Marco Tulio Rangel, vereda Chucuri, casa Nº 21, San Cristóbal, Estado Táchira, por la comisión del delito de AMENAZA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en concordancia con el articulo 99 del Código Penal, en perjuicio de FLORES DE LEON OLGA MIREYA, todo de conformidad con el artículo 330 ordinal 2º del Códi.....