Este JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA, dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando acordado lo siguiente:
PRIMERO: El padre se comprometió a aportar mensualmente la cantidad de TRES MIL BOLÍVARES (Bs. 3.000,00), los cuales serán depositados los cinco (05) primero días de cada mes a la cuenta corriente del banco Bicentenario perteneciente a la ciudadana Deisy Pabón.
SEGUNDO: El obligado se comprometió a cubrir el 100% del pago mensual por actividades complementarias (danza, tareas dirigidas)
TERCERO: En cuanto a los gastos médicos se comprometió a cubrir el 50% de los mismos. En los meses de agosto y diciembre aportará una cuota extraordinaria, además de una muda de ropa.....