TERCERO: SIN LUGAR la oposición a la demanda de partición de bienes de la comunidad conyugal formulada en fecha 27 de junio de 2016, por el ciudadano Alex Javier Duran Cruz, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 9.228.236.
CUARTO: De conformidad con el único aparte del articulo 780 del Código de Procedimiento Civil, se fija el décimo (10) día de despacho siguiente, a aquel en que la presente decisión quede definitivamente firme, a las 11:30 de la mañana para el nombramiento del partidor.
QUINTO: Queda en estos términos modificada la decisión apelada. .
SEXTO: Remítase el presente expediente en la oportunidad procesal a la Jueza Primera de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala del Despacho del Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la ciudad de San Cristó.....