" En cuanto a la Obligación de Manutención:
Primero: El padre ciudadano Yeimi Alberto López Contreras, se obliga a pagar la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,00) mensuales, por concepto de obligación de manutención a favor de su hijo, los cuales se compromete a cancelar a la madre, los cinco (5) primeros días de cada mes, en una Cuenta Corriente a nombre de ella, del Banco de Venezuela, cuyo número le participará el día de hoy.
Segundo: En cuanto a los gastos de Diciembre, el padre se compromete a comprarle ropa, zapatos y juguete para los dìas 24 y 31 de Diciembre de cada año.
Tercero: Con respecto a los gastos escolares, los mismos serán cubierto por ambos padres en una proporción del 50% cada uno.
Cuarto: El padre cancelará el 50% de los gastos médicos, previa presentación de facturas.
En cuanto al Régimen de Convivencia:
Primero: El niño compartirá con su padre un (1) fin de semana cada 15 días comenzando este fin de semana; debiendo el padre buscarl.....