SE CONDENA al contraventor JUAN ALBERTO ZAMBRANO CHACON, venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, titular de la cédula de identidad N° V- 18.379.187, nacido en fecha 14-04-1989, de 24 años de edad, estado civil soltero, residenciado en el kilometro 96, orope, casa Nro. 01-02, Parroquia José Antonio Páez, Municipio García de Hevia, Estado Táchira, por el delito de PERTURBACION A LA TRANQUILIDAD PUBLICA, previsto y sancionado en el artículo 506 del Código Penal, se impone al PAGO DE UNA (01) UNIDAD TRIBUTARIA, de conformidad con el artículo 507 del Código Penal. SEGUNDO: SE DECRETA LA PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL de conformidad con el artículo 108 ordinal 7° del Código Penal. TERCERO: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA de conformidad con el artículo 300 en concordancia con el artículo 28 numeral 5° del Código Orgánico Procesal Penal.
CUARTO: Regístrese, déjese copia para el archivo del Tribunal y remítase la presente causa al Juzgado de Primera Instancia en lo .....