Conforme con lo establecido en los Artículos 26, 49 y 257 de nuestra Constitución Nacional, y Artículo 362 del Código de Procedimiento Civil, así como por los demás fundamentos de hecho y de derecho ya expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: HOMOLOGA el convenimiento efectuado por el ciudadano HECTOR HENRY SANCHEZ RONDON, en representación de la "ASOCIACIÓN CIVIL MAISANTA" en la Demanda por Reconocimiento de Contenido y Firma incoada por los ciudadanos ORLANDO BARAJAS LEON y LUZ MARINA PINZON, asistidos por el abogado William Eduardo Reyes Bejarano, todos suficientemente identificados en la presente decisión. Procédase como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: Reconocido en Contenido y Firma, cada uno de los documentos de compra-venta d.....