ÚNICO: DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, y en consecuencia ORDENA LIBRAR EN CONTRA DEL IMPUTADO SALAS MANCILLA WILFREDO ALBERTO SENDAS ORDENES DE APREHENSIÓN, por cuanto se encuentran satisfechos los extremos señalados el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, líbrese orden de aprehensión al ciudadano SALAS MANCILLA WILFREDO ALBERTO, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Mérida, Estado Mérida, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-8.073.139, de 43 años de edad, con última residencia conocida en carrera 4, Nº 14-39, sector El Llano, Tovar, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito ESTAFA AGRAVADA, en perjuicio del ciudadano HANNSSEN HERMANN. Líbrese oficios a la Dirección de Seguridad y Orden Público del estado Táchira, Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y al Comando Regional Nº UNO de la Guardia.....