En virtud de las razones de hecho y de derecho expuestas, este Tribunal Retasador en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano EDUARDO JOSE MATOS RAMIREZ titular de la cédula de identidad Nro. V-3.793.353, a pagar al HUGO ALEXANDER MORA RAMÍREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.327.768, la cantidad de VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs.20.000.000,00) por concepto de los honorarios profesionales derivados de sus actuaciones como representante judicial en la causa principal llevada en el expediente Nro.12106.
SEGUNDO: Se declara procedente la indexación del monto a pagar, conforme al criterio establecido por este Tribunal ut supra, para lo cual deberá hacerse a través de una Experticia Complementaria del fallo, tomándose en cuenta el índice inflacionario de acuerdo a los Informes emanados del Banco Central de Venezuela, a partir de la fecha del cumplimiento voluntario de la sentencia.
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