Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado del Municipio    Ayacucho  de  la  Circunscripción  Judicial  del  Estado  Táchira, Actuando en este Acto con funciones de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia  en nombre de la República Bolivariana de Venezuela,  y por Autoridad de La Ley, Resuelve:
	Primero: Se declara Con Lugar  la solicitud de cumplimiento de la Obligación Alimentaría, incoada por la ciudadana ANA CLEOTILDE DUARTE ZAMBRANO, Venezolana,  mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.092.403, domiciliada en San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, actuando con el carácter de Abuela materna de las Adolescentes ..., en contra del ciudadano  DOMINGO ANTONIO CHACON MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.106.240,  domiciliado en el Barrio 23 de Enero, San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira,  y en consecuencia, el obligado de autos, DEBERA CANCELA.....