Por las razones anteriormente mencionadas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley acuerda: Se declara competente este Tribunal para continuar conociendo la presente demanda intentada por la ciudadana SANDRA LEE MONCADA MINAR y otros, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.684.028, en contra de la ciudadana IDANIA JOSEFINA ARENAS GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-14.606.353.
Dada, firmada, sellada y refrendada en el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Protección del Niños, Niñas y del Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el día doce de Diciembre de dos mil dieciséis. Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.