En este estado se le otorgó el derecho de palabra a el abogado de la parte demandada, quien en representación de ella expone: propongo a la parte actora la cantidad total de TREINTA MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs.30.000,00), los cuales le serán cancelados en fecha 18-11- 2013 ante este Tribunal . En este momento se instó a la parte actora a considerar la cantidad ofertada para poder darle fin al proceso, y de esta manera satisfacer la acreencia por el pago de lo demandado. Oída por las partes las sugerencias de la titular de este Tribunal Quinto de Primera Instancia del Circuito Laboral del Estado Táchira; la parte actora acepta la propuesta realizada por la parte demandada, señala estar conforme con el monto del cual no le restaría nada a deber por dichos conceptos reclamados en éste libelo de demanda; este Tribunal visto el acuerdo lo HOMOLOGA, se le otorga el carácter de cosa juzgada, dándose por concluido el presente proceso de conformidad con lo establecido por el artículo 133 de.....