DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en fecha 13 de agosto, contra decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 04 de agosto de 2010.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión apelada.
TERCERO: SE DECLARA SIN LUGAR LA DEMANDA incoada por el ciudadano JESÚS ANTONIO LÓPEZ RIVERA en contra de las sociedades mercantiles ADRIATICA DE SEGUROS C.A. y MULTINACIONAL DE SEGUROS C.A., por cobro de prestaciones sociales.
CUARTO: SE CONDENA EN COSTAS A LA PARTE DEMANDANTE de conformidad con el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese.....