PRIMERO: SE CONDENA a la ciudadano ANGEL LEANDRO LOPEZ, de nacionalidad venezolana, natural de San Antonio, estado Táchira, República Bolivariana de Venezuela, titular de la cédula de identidad Nº V-20.477.348, nacido en fecha 09 de diciembre de 1991, de 21 años de edad, hijo de Alveiro García (v) y de María Cristina López (f), soltero, de profesión u oficio obrero de una chivera; sin residencia fija en el país, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 primer aparte de la Ley Orgánica De Drogas en perjuicio del estado venezolano. Se condena igualmente a las accesorias del artículo 16 del Código Penal.
SEGUNDO: SE EXONERA al acusado del pago de las costas procesales conforme al artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
TERCERO: Se mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva .....