Por los fundamentos expuestos, este UZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA interpuesta por el ciudadano SERGIO LOENDRY OCHOA, Venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-18.959.260, domiciliado en Cordero, Municipio Andrés Bello del Estado Táchira, contra los ciudadanos MIGUEL ANGEL JAIMES RUIZ y LUZ MARINA GÓMEZ DE JAIMES, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.662.179 y V-13.550.438, domiciliados en San Cristóbal, Barrio El Río, Estado Táchira. En consecuencia, se declara reconocido el instrumento de fecha 03 de abril de 2023.
Publíquese, regístrese, y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civ.....