PRIMERO: CON EL RECURSO DE NULIDAD interpuesto por la abogada SULMER PAOLA RAMÍREZ actuando en su carácter de apoderada judicial de la empresa AGROPECUARIA ROMAR (AGROMARCA) C.A., contra de la Providencia Administrativa No. 138-2011 emitida por la Inspectoría del Trabajo "General Cipriano Castro" del Estado Táchira de fecha 03 de Marzo de 2011 en el expediente signado bajo el No. 035-2010-01-00080.
SEGUNDO: LA NULIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO contenido en la Providencia No. 138-2011 emitida en fecha 03 de Marzo de 2011 en el expediente emanado de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "GENERAL CIPRIANO CASTRO" DEL ESTADO TÁCHIRA, signado bajo el N° 035-2010-01-00080.
TERCERO: SIN LUGAR la SOLICITUD DE REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS interpuesta por el ciudadano PEDRO BALMORE NARVAEZ MEJÍAS en contra de la empresa AGROPECUARIA ROMAR (AGROMARCA) C.A.