...Conforme con lo establecido en los Artículos 26 y 49 de la Constitución Nacional, Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, así como por los demás fundamentos de hecho y de derecho ya expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
ÚNICO: INADMISIBLE la solicitud de Declaración de Título Supletorio presentada por la ciudadana NOHEMY SEPULVEDA GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-14.418.951, asistida por la abogada en ejercicio de su profesión Wendy Mirlay Prato Caballero, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.104.635, domiciliadas en la ciudad de San Antonio del Táchira.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Cúmplase.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribuna.....