le imparte la HOMOLOGACION DE LEY, acuerda proceder como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se ordena el desglose de las letras de cambio que son instrumento fundamental de la acción las cuales corren inserta a los folios: 6, 7 y 8, y en su lugar se deja copia debidamente certificada, se autoriza para la elaboración de los fotostatos al ciudadano alguacil Temporal del Tribunal todo de conformidad con lo previsto en el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente juicio, en consecuencia, procédase al archivo del expediente