DECISION
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD incoado por la CORPORACIÓN TACHIRENSE DE TURISMO (COTATUR), en contra del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.
SEGUNDO: SE DECLARA LA NULIDAD de la Providencia Administrativa No. PA/US/T/008-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, así como su planilla de liquidación de multa No. 0228 de fecha 10/02/2011, por la cantidad de Bs. 69.062,05, contenidas ambas en el expediente administrativo sancionador No. US-T-023-2010, llevado por Dirección Regional de Salud de los Trabajadores del estado Táchira y los Municipios Páez y Muñoz del Estado Apure, del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral.....