en consecuencia, este Juzgado de Primera instancia en Función de Control Número Dos de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: SE IMPONE COMO MEDIDA DE ASEGURAMIENTO al adolescente para el momento de los hechos(OMITIDO ARTICULO 545 LOPNNA), a quien se le sigue causa penal N° 2C-2025/2007, por la presunta comisión del delito de por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de LA COSA PÚBLICA; la medida contemplada en el literal "c" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; debiendo cumplir con la siguiente condición: Presentarse ante el Tribunal el día de LUNES QUINCE (15) DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIEZ A LAS 09:00 A.M a la celebración de la Audiencia Preliminar, debiendo presentar constancia d.....