Sobre las motivaciones de hecho y de derecho ya expuestas y analizadas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar el Divorcio por Ruptura Prolongada de la Vida en Común, de los cónyuges FELIX SEGUNDO SEIJAS RODRIGUEZ y YURLEY KARINA RODRIGUEZ VARELA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No.V-9.189.929 y No.V-10.194.791 respectivamente, domiciliados en la ciudad de San Antonio, Municipio Bolívar del estado Táchira; todo de conformidad, con lo establecido en el Articulo 185-A del Código Civil Venezolano.
Queda Disuelto el Vinculo Matrimonial que entre ellos fue contraído, ante el ciudadano Prefecto Civil del Municipio Nueva Arcadia del Distrito Pedro María Ureña, hoy Municipio Pedro María Ureña del estado Táchira, en fecha 23 de abril de 1988, t.....