DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones, en su única Sala, del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Luis Fernando Garay Acosta, en su carácter de defensor del imputado Jaime Ronaldo Bustos San Juan.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada en fecha 20 de marzo de 2013, por el Abogado Diego Fernando Molina Rondón, en su condición de Juez del Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio número 02 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual, declaró sin lugar la solicitud de decaimiento de la medida de privación judicial preventiva de libertad, seguida contra el referido imputado, por la presunta comisión de los delitos de Secuestro Agravado, previsto y sancionado en los artículos 3 y 10 numeral 5 de la Ley Especial Contra el Secuestro y Extorsión,.....