1. DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados NERZA LABRADOR DE SANDOVAL y GREGORIO ALFREDO MOLINA GUERRERO, representantes de la Fiscalía Décima del Ministerio Público.
2. REVOCA PARCIALMENTE la decisión dictada el 11 de junio de 2007, por la Juez de Primera Instancia en Funciones de Control N° 10, de este Circuito Judicial Penal, sólo en lo que respecta a la medida cautelar sustitutiva a la privación judicial preventiva de la libertad decretada por el a quo al imputado HECTOR MANUEL MEJIAS RAMIREZ.
3. ORDENA que otro juez de igual categoría y competencia, distinto al que dictó la recurrida, convoque a las partes a fin que, conforme a los artículos 250 y 253 del Código Orgánico Procesal Penal, resuelva la petición fiscal relativa a la medida de privación judicial preventiva de libertad solicitada en contra del imputado HECTOR MANUEL MEJIAS RAMIREZ, prescindiendo del vicio observado.