PRIMERO: CON LUGAR la Apelación interpuesta en fecha 06 de marzo de 2018, por la apoderada judicial de la parte recurrente, abogada Marjorie Patricia Mattutat Muñoz inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 105.378, contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación con funciones de Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira de fecha 01 de Febrero de 2018.
SEGUNDO: SE MODIFICA la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación con funciones de Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira de fecha 01 de Febrero de 2018.
TERCERO: se CONFIRMA la homologación efectuada entre las partes en fecha 22 de febrero de 2012.
CUARTO: Se condena a la Sociedad Mercantil Venezolana De Inversiones Y Construcciones Clerico C.A. VINCCLER, a paga.....