Se decreta medida cautelar sustitutiva a la medida judicial preventiva de libertad al imputado Richard José Caicedo Ramírez, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 16.231.358, natural de San Cristóbal, estado Táchira, fecha de nacimiento 22-11-1978, de 40 años de edad, profesión u oficio comerciante, estado civil soltero, residenciado en el barrio 23 de enero, parte baja, sector Pozo Azul, calle principal, específicamente frente a la vivienda signada con el N° 4-14, vía pública, parroquia La Concordia, municipio San Cristóbal, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de violencia física agravada, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de Lily Graciela Durán Cárdenas, imponiéndosele el cumplimiento de las siguientes obligaciones: 1.- Presentaciones cada cuarenta y cinco (45) días por ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito de Vio.....