III
PARTE DISPOSITIVA.
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal del Municipio Pedro María Ureña, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de fijación de obligación alimentaría y la fija en razón de ser obrero como lo dice en la demanda la solicitante y el descuento se hará en base al sueldo mínimo en favor del niño: JHON KEIVER TORRES GALUE y en consecuencia condena al ciudadano LUIS FELIPE TORRES ALVAREZ , Venezolano, mayor de edad, obrero, titular de la cedula de identidad N° V-13.588.627, con domicilio en el barrio El Cementerio, calle 6, N° 0C-45, Municipio Pedro Maria Ureña a cancelar las siguientes cantidades de dinero a favor de su hijo JHON KEIVER:
PRIMERO: TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs 35.000,oo) semanales, los cuales depositará a la cuenta de ahorros que aperture el Tribunal, como cuota de alimentación.
SEGUNDO: CIENTO CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs 140.000,oo) en el mes de Juli.....