PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el abogado Gerson Daniel Moreno Rangel, apoderado judicial de la parte demandada, mediante diligencias de fechas 03 y 05 de noviembre de 2010. 
		SEGUNDO: DECLARA SIN LUGAR la demanda por desalojo interpuesta por la ciudadana Yenny Yaneth Ovallos de Gil contra María Sobeida Rojas, con fundamento en los literales a) y b) del artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. 
		TERCERO: QUEDA REVOCADA la decisión de fecha 30 de septiembre de 2010, dictada por el Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. 
		CUARTO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil,  se condena en costas a la parte actora.