PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud Fiscal de Calificación de Flagrancia, en cuanto a la aprehensión del adolescente, IDENTIDAD OMITIDA ART. 65 LOPNA por la presunta comisión del delito de ROBO ARREBATON, previsto en único aparte del artículo 456 del Código Penal., por considerar que si están llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Se ordena continuar la investigación por la vía ordinaria a los fines de esclarecer la verdad de los hechos, en aras a lo establecido en el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se impone Medidas Cautelares Sustitutivas de la privación de Libertad a los adolescentes imputados IDENTIDAD OMITIDA ART. 65 LOPNA de las contenidas en los literales "b", "c" y "f" del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia queda 1) Someterse al cuidado y vigilanc.....