Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Con lugar la solicitud de Cumplimiento de Pensión de Alimentos formulada por la ciudadana DUBRASKA CATHERINE JAIMES CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-20.424.551, domiciliada en Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, y hábil, en su carácter de madre del niño (omitido por art.65 LOPNA)contra el ciudadano JAIME ALBERTO PICO PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-19.360.942, domiciliado en El Hiranzo, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se Condena al ciudadano JAIME ALBERTO PICO PARRA, a pagar la cantidad de DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.2.880.000,00) por concepto de Pensiones de Alimentos vencid.....