DISPOSITIVA
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, como Tribunal de alzada, con las facultades conferidas en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por el Abogado en ejercicio JUAN JOSÉ APARICIO BAYEN, titular de la cédula de identidad N° V- 4.211.115, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.340, Apoderado Judicial de la parte demandada, según consta en Poder Apud Acta conferido por ante este Juzgado en fecha 28 de septiembre de 2006, inserto al folio 35 relación al objeto de apelación cual era la verificación de la insolvencia de la demandada; contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción.....