III
DISPOSITIVO
Por los fundamentos fácticos y jurídicos explanados, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 26 de junio de 2007, por el abogado Gerardo Patiño Vásquez, coapoderado judicial de la parte demandante, contra la decisión proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 22 de junio de 2006.
SEGUNDO: Se declara LA PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES interpuestas por los ciudadanos CÉSAR MALDONADO VALDERRAMA, DILCIA COROMOTO CÁRDENAS RAMÍREZ, CARMEN ROSA PERNÍA SÁNCHEZ y CARMEN YOLANDA RUIZ MALDONADO, en contra de la GOBERNACIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA y en consecuencia, se declara SIN LUGAR LA DEMANDA incoada.
TERCERO: SE CONFIRMA LA DECISIÓN APELADA.
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