Primero: Decreta el Ejecútese de la sanción impuesta en fecha 11 de noviembre de 2011, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Control numero Uno de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal estado Táchira, mediante la cual el adolescente (OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA), fue sancionado a cumplir las medidas de PRIVACIÓN DE LIBERTAD POR EL LAPSO DE UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES y sucesivamente la medida de REGLAS DE CONDUCTA POR EL LAPSO DE DOS (02) AÑOS, de conformidad con lo establecido en los artículos 628 y 624 ambos de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes; por la comisión de los delitos de SECUESTRO BREVE, previsto en el artículo 6 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión; ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 5 en concordancia con el artículo 6, numerales 1, 2, 3, de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el artículo 218 del Có.....