Este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las actuaciones suficientes para asegurarle a los ciudadanos: ZULIMAR DEL VALLE RAMIREZ ECHEVERRIA, YOLIMAR DEL CARMEN RAMIREZ ECHEVERRIA, LUIS ALFONZO RAMIREZ ECHEVERRIA, LUZMAR BEATRIZ RAMIREZ RANGEL, LUIS ANTONIO RAMIREZ RANGEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Número V.-10.746.408, V.-12.890.018, V.-13.305.629, V.-15.760.708 y V.-17.219.690, en su carácter de hijos, según consta en actas de nacimiento (inserción) N° 373, de fecha 23 de Mayo de 2003, expedida en el Registro Civil del Municipio Jáuregui del Estado Táchira, acta de nacimiento (inserción) N° 03, de fecha 27 de marzo de 2008, expedida en el Registro Civil del Municipio Jáuregui del Estado.....