PRIMERO: DECLARA CULPABLE Y RESPONSABLE PENALMENTE al ciudadano José Alejandro Vega Sosa, venezolano, natural de San Cristóbal Estado Táchira, nacido el 29 de Julio de 1974, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-11.114.876, soltero, administrador Industrial, residenciado en la avenida Guayana, Urbanización Las Nutrias, San Cristóbal, Estado Táchira, por el delito de Lesiones Graves Culposas, previsto y sancionado en el articulo 422 ordinal segundo del Código Penal vigente para el momento de la comisión del delito, en perjuicio del ciudadano Ismael Ysauro Chacon, y se le CONDENA a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISIÓN.
SEGUNDO: se CONDENA a las penas accesorias de Ley, previstas en el artículo 16 del Código Penal.
TERCERO: EXONERA al sentenciado José Alejandro Vega Sosa, del pago de costas en virtud de la garantía constitucional del acceso a una justicia gratuita, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la Repúblic.....