PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscal Decimoséptima del Ministerio Público Abogada Isol Abimilec Delgado, contra la adolescente; por la presunta comisión de los delitos de EXTORSIÓN, previsto en el artículo 459 del Código Penal, en perjuicio de sus progenitores los ciudadanos F.C.M.C. y R.A.B.M.; y SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previsto en el artículo 239 del Código Penal, en perjuicio de LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA; de conformidad con lo establecido en el artículo 578 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; así como, la totalidad de los medios probatorios ofrecidos.
SEGUNDO: DECLARA RESPONSABLE PENALMENTE, a la adolescente; por la comisión de los delitos de EXTORSIÓN, previsto en el artículo 459 del Código Penal, en perjuicio de sus progenitores los ciudadanos F.C.M.C. y R.A.B.M.; y SIMULACIÓN DE HECHO PUNIBLE, previsto en el artículo 239 del Código Penal, en perjuicio de LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA; todo de conform.....