PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE la recusación propuesta por la abogada Francy Karina Castellanos Chacón, coapoderada judicial de la parte demandada contra el abogado Josué Manuel Contreras Zambrano, Juez Titular del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, el recusante deberá pagar una multa de dos mil bolívares (Bs. 2.000,00) por ante el Tribunal donde interpuso la recusación, vale decir, el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial que actuará como agente del Fisco Nacional para su ingreso en la Tesorería Nacional, en el término de tres (3) días.
TERCERO: Remítase en su oportunidad legal copia certificada de la presente decisión a los Juzgados Primero, Segundo, Tercero y Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de es.....