PRIMERO: Acuerda dejar sin efecto la orden de captura contra el imputado Linardo Somoza, nacionalidad venezolana adquirida, natural de Colombia, titular de la cedula de identidad N° V- 26.052.428, fecha de nacimiento 30 de enero de 1966, de 51 años de edad, profesión u oficio comerciante, estado civil soltero, residenciado en el Barrio Francisco Randon, calle 02 con carrera 04 y 05 casa 122, Boca de Grita, municipio García de Hevia, estado Táchira, teléfono 0277-5414472, quien se encuentra incurso en la comisión del delito de violencia física agravada, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Gladys Yanid Carvajal García, tal como fue solicitado por el abogado Juan Alexis Sánchez, en su condición de Fiscal Provisorio Sexto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en colaboración con la Fiscalía Vigésima Octava del Ministerio Público.....