Por las razones antes expuestas, esta Jueza Superiora como garante y protectora de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela así como de la ley especial que rige la materia de niños, niñas y adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado JHONNY MANUEL MEDINA BOCIZ, inscrito en el inpreabogado bajo el número N° 149.441 en su carácter de co-apoderado judicial de los ciudadanos OLGA RODRIGUEZ DE ARIAS, Y CARLOS ARTURO ARIAS LEAL, contra la decisión de fecha 07 de enero de 2013, dictado por el Juzgado Tercero de Mediación, Sustanciación y Ejecución, del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Mediación, Sustanciación y Ejecución, del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y.....