III
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Apelación interpuesta por la ciudadana LEINY LIZ PAZ VILLALOBOS, venezolana, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro V- 23.828.404, en contra de la decisión de fecha 15 de noviembre de 2015, por el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Se aumenta el monto de la obligación de manutención fijada por la a quo en la cantidad de CUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO CON SESENTA Y SIETE (Bs 4225,67) a la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5.000,00) MENSUALES, quedando incólumes los monto fijados como cuotas extraordinarias, es decir, la cuota extraordinaria para gastos y úti.....