PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada MÓNICA AMALIA OCHOA NIETO el 10 de marzo de 2014, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 10 de febrero de 2014, diarizada bajo el N° 44.
SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la demanda por ACCIÓN MERO DECLARATIVA, incoada por el ciudadano RUBÉN ALIRIO VAQUERO CARRILLO contra el ciudadano EPIFANIO ROJAS ARIAS. En consecuencia, se declara la nulidad de todas las actuaciones en este proceso, incluyendo la sentencia apelada así como también el auto de admisión.
TERCERO: Una vez quede firme la presente decisión LEVÁNTESE la medida innominada de "suspensión de protocolización del acta de remate" decretada el 17 de enero de 2013 y participada al Registro correspondiente.
CUARTO: Se CONDENA en costas a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedi.....