este JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el demandante JORGE ÁLVARO BÁEZ BLANCO en fecha 30 de octubre de 2.015, representado por el abogado LUIS AUGUSTO JAIMES FLORES, contra la sentencia dictada el 26 de octubre de 2.015 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, diarizada bajo el N° 42.
SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia apelada dictada el 26 de octubre de 2.015 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira. En consecuencia: 1) Se declara CON LUGAR LA DEMANDA DE ACCIÓN REIVINDICATORIA incoada por el ciudadano JORGE ÁLVARO BÁEZ BLANCO, en contra de.....