DECISIÓN
Por las razones que anteceden, esta única Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Improcedente la solicitud de nulidad de la decisión dictada por esta Corte de Apelaciones en fecha 13 de agosto de 2010, formulada por el abogado José Humberto Cáceres Maldonado, Juez Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Táchira.
SEGUNDO: Admite la solicitud de aclaratoria formulada por el abogado José Humberto Cáceres Maldonado, Juez Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Táchira.
TERCERO: Declara con lugar la solicitud de aclaratoria formulada por el abogado José Humberto Cáceres Maldonado, en cuanto a lo señalado sobre el párrafo transcrito por error involuntario y al correcto proceder del referido abogado al re.....