DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, resuelve lo siguiente:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE, la demanda interpuesta por los ciudadanos Laura Mayela Navas Castellanos y José Miguel Duarte Cuberos, contra los ciudadanos Luz Mary Tabera Molina y Faustino García Sánchez, por Cumplimiento de Contrato, de conformidad con el artículo 340 ordinal 6 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: No hay condena en costas por la naturaleza de la acción
Una vez definitivamente firme la presente, levántese la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este tribunal sobre el inmueble objeto de la presente acción.