1.- EXTEMPORANEA, la solicitud de ampliación de la sentencia de fecha 02 de diciembre de 2005, presentada por el abogado José Mendoza Ramírez, titular de la cédula de identidad N° V-9.248.591, en su carácter de Representante de la República Bolivariana de Venezuela, sin embargo, por las razones expuestas en el presente fallo se amplia la sentencia de fecha 02 de diciembre de 2005, quedando así:
Se ordena a la Gerencia Regional de Tributos internos de la Región los Andes del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) emitir una nueva planilla de liquidación por la cantidad de 36 unidades tributarias, a una unidad Tributaria de Bs. 2.700, 00, siendo el total a pagar de NOVENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOIS (Bs. 97.200,00) se le ordena igualmente calcular los intereses moratorios del tributo declarado extemporáneamente, todo de conformidad con los fundamentos de este fallo.
Se anulan las planillas de liquidación Nros. 05010239000.....