En razón de lo expuesto por las partes interesadas en el proceso y cumplidos como han sido los extremos de Ley, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio por RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMÚN de los ciudadanos ALEXIS JOSE REY CONTRERAS Y AMANDA CAROLINA OSORIO MARQUINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-5.678.944 y V-12.970.988, respectivamente, cónyuges entre sí y de este domicilio, legalmente asistidos por la Abogado en Ejercicio MARIA RAQUEL REY ORTIZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 240.075, y en consecuencia, esta Juzgadora declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL establecido mediante Acta de Matrimonio Nro. 40, de fecha 25 de Marzo de 1994, expedida por la Primera Autor.....