Por las expresadas razones, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, constituido como Tribunal Retasador, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, establece: PRIMERO: Se fija como honorarios que debe pagar el ciudadano NEMESIO RAMIREZ GARCIA, identificado en autos, al abogado FRAN REINALDO ROSALES ZAMBRANO la cantidad de DOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 2.000.000,oo) más la suma que resulte de la experticia complementaria del fallo que se ordena practicar, a los fines de determinar la respectiva indexación monetaria del capital adeudado, en cuanto al ajuste y corrección monetaria, quedando entendido que la indexación monetaria corre a partir de la interposición de la demanda hasta la fecha de ejecución de este fallo. SEGUNDO: CON LUGAR la indexación, y para su cálculo se ordena realizar experticia complementaria del fallo de conformidad con lo estableci.....