Este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL DIVORCIO, con base a la Sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 02 de junio de 2015, signada con el N° 693, expediente N° 12-1163, la cual dice que las causales de Divorcio contenidas en el articulo 185 del Código Civil no son taxativas, de acuerdo a la sentencia N° 1070/2016, con carácter vinculante, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos: DORECCI BEATRIZ PÉREZ DE ROSALES y FREDDY SOLOIS ROSALES GARCÍA venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-12.322.630 y V-9.331.077, ambos con domicilio Procesal en la Calle San José, Casa N° 25.....